Trelew

Amenazó a su ex, le prendió fuego la vivienda y deberá pagar $5 millones

El juez Gustavo Castro homologó un juicio abreviado y condenó a un hombre a tres años de prisión efectiva por amenazas, violación de domicilio, daños e incendio doloso. Además, deberá indemnizar a la víctima con 5 millones de pesos.

Equipo de redacción de Madryn Ahora
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Un hombre fue condenado a tres años de prisión de efectivo cumplimiento y al pago de una indemnización de 5 millones de pesos por incendiar la vivienda de su expareja en un contexto de violencia de género en Trelew.

La sentencia fue dada a conocer durante una audiencia realizada en la Oficina Judicial de Trelew, donde el juez Gustavo Castro homologó un juicio abreviado previsto en el artículo 355 del Código Procesal Penal. En representación de la Fiscalía intervino la abogada María Samaniego, bajo la supervisión del fiscal general Lucas Koltsch.

Según la acusación, los hechos comenzaron el 25 de diciembre de 2025, cerca de las 6 de la mañana, cuando Jonathan Danilo Huenuil asistió junto a su pareja a una vivienda por los festejos navideños.

En ese lugar, el imputado comenzó a manifestar escenas de celos y a amenazar a la mujer para que se retirara. Ante la negativa de la víctima, se dirigió a su domicilio, ingresó por una ventana y provocó importantes destrozos en el interior de la vivienda antes de retirarse. Una vecina observó lo ocurrido.

Horas más tarde, alrededor de las 15, el hombre envió mensajes de audio con amenazas en las que advertía que prendería fuego la casa. La víctima bloqueó el contacto, pero por la noche recibió nuevos llamados desde otro número, en los que volvió a reiterar las amenazas.

Finalmente, cerca de las 22:40, el imputado se dirigió nuevamente al domicilio de la mujer y provocó un incendio utilizando un elemento que no pudo ser determinado. El fuego se propagó por el interior de la vivienda, afectó todos los ambientes y ocasionó daños totales.

Los hechos fueron encuadrados como amenazas simples, violación de domicilio, daños e incendio doloso con peligro común para los bienes, en concurso real y en carácter de autor, en el marco de la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Al homologar el acuerdo, el magistrado impuso la pena de tres años de prisión efectiva, además de una indemnización de 5 millones de pesos por los daños y perjuicios ocasionados a la víctima y las costas del proceso.Fuente: Jornada

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