Condena millonaria a clínica de Trelew: deberá pagar más de $20 millones por una quemadura en quirófano
La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn ratificó el fallo que responsabiliza al sanatorio por una grave lesión sufrida durante una histerectomía, mientras que eximió de culpa al cirujano al comprobar su actuación diligente.
Una paciente que ingresó a un quirófano de Trelew para someterse a una cirugía programada y terminó con una quemadura profunda recibirá una indemnización superior a los 20 millones de pesos. La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn confirmó la sentencia contra el Instituto Médico del Sur S.R.L., tras determinarse que la lesión se originó por una falla en el equipamiento de la institución, eximiendo por completo al médico ginecólogo que estuvo a cargo de la intervención.
El caso se remonta al 3 de febrero de 2020. Aquel día, la mujer se sometió a una histerectomía exitosa en su desarrollo principal, pero al salir del quirófano comenzó a manifestar dolores intensos. Los controles posteriores revelaron una quemadura profunda tipo B en el glúteo izquierdo, provocada por una deficiente conducción del electrobisturí. El dispositivo utilizado por el sanatorio carecía de alarmas lumínicas o sonoras que advirtieran sobre el desperfecto técnico.
Debido a la mala evolución de la herida, la paciente debió ser internada de urgencia dos meses más tarde en Puerto Madryn para someterse a una cirugía plástica reparadora. Ante esto, inició una demanda judicial que derivó en un fallo de primera instancia y su posterior ratificación por parte de los magistrados Heraldo Enrique Fiordelisi, Julián Emil Jalil y Diego Eduardo Ferreyra.
La Justicia determinó que el sanatorio posee una obligación objetiva de seguridad respecto de los pacientes y los elementos de riesgo que utiliza, incluyendo la responsabilidad sobre el personal de instrumentación. Por el contrario, se demostró que el cirujano operó de forma correcta y que no tenía visibilidad sobre la placa del bisturí eléctrico al estar cubierta por los campos estériles, librándolo de culpa. No obstante, la Cámara dispuso por mayoría que la paciente deba asumir las costas procesales correspondientes a la defensa del médico absuelto, bajo el principio de la derrota vigente en la provincia.
El monto indemnizatorio quedó fijado en 20 millones de pesos por daño moral -ponderando el impacto psicológico temporal, la cicatriz de 6,5 centímetros y el sufrimiento padecido- y 300.000 pesos en concepto de gastos de farmacia. Adicionalmente, la clínica deberá solventar un tratamiento psicológico completo de 96 sesiones a lo largo de dos años, cuyo valor se ajustará al baremo del Colegio de Psicólogos del Chubut.