Marcos Dip estuvo prófugo durante un mes y medio sin que el juzgado de Madryn lo supiera

El juez de Ejecución Penal de Puerto Madryn, Daniel Yangüela, explicó que Marcos Dip se fugó el 5 de julio y que el juzgado que debía controlar el cumplimiento de su condena recién tomó conocimiento cuando murió. La información sobre la evasión había sido enviada por error a la Oficina Judicial de Trelew.

Equipo de redacción de Madryn Ahora
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El caso de Marcos Dip volvió a poner bajo la lupa el funcionamiento del sistema de ejecución penal en Chubut. El hombre, que cumplía una condena en Puerto Madryn y había accedido a salidas transitorias, permaneció prófugo durante aproximadamente un mes y medio, hasta que murió luego de ser baleado por el propietario de una joyería de Trelew durante un intento de robo.

El juez de Ejecución Penal de Puerto Madryn, Daniel Yangüela, explicó cómo se produjo la fuga y señaló que el episodio expuso una falla en la comunicación entre los organismos encargados del seguimiento de la condena.

Dip tenía dos condenas unificadas y había accedido a salidas transitorias luego de cumplir los requisitos previstos por la Ley de Ejecución Penal 24.660, tanto en materia temporal como de conducta y revinculación familiar.

Sin embargo, cuando llegó el momento de que regresara al lugar de detención, no se encontraba allí. Según explicó Yangüela, la fuga se produjo el 5 de julio y el juzgado de ejecución de Madryn, a cargo de la Dra. Stella Maris Eizmendi, tomó conocimiento recién cuando Dip murió.

La información sobre la evasión había sido comunicada por error a la Oficina Judicial de Trelew, cuando correspondía que fuera remitida a Madryn. Esa comunicación nunca llegó al organismo que tenía a su cargo el seguimiento del condenado.

Una falla en la comunicación

Para Yangüela, una comunicación efectiva habría permitido que el juez de ejecución ordenara la captura y que las brigadas de investigación comenzaran a buscar al condenado.

El magistrado consideró especialmente significativa la demora porque se trataba de un prófugo en dos ciudades relativamente pequeñas y sostuvo que existían posibilidades concretas de localizarlo antes de que volviera a delinquir.

Ante esta situación, señaló que deberán determinarse las responsabilidades correspondientes y que se solicitarán sumarios administrativos para establecer qué ocurrió con la comunicación que salió del Instituto Penitenciario y cuál fue el recorrido que siguió.

Respecto de una eventual responsabilidad policial, explicó que el Poder Judicial debe informar al jefe de Policía, debido a que se trata de organismos pertenecientes a distintos poderes del Estado.

Cómo funcionan las salidas transitorias

Yangüela explicó que las salidas transitorias no se conceden de manera automática, sino que forman parte de un sistema de períodos de prueba destinado a evaluar progresivamente si una persona condenada está en condiciones de avanzar hacia su reinserción social.

Para acceder al beneficio deben cumplirse requisitos temporales y de conducta. En el caso de las penas unificadas, además, se contabiliza el tiempo de detención correspondiente a las distintas causas.

También se tienen en cuenta factores como la conducta durante el cumplimiento de la condena, la contención familiar y las condiciones del lugar al que concurrirá durante la salida.

El juez señaló que una buena conducta en prisión no significa necesariamente que una persona esté preparada para regresar a la sociedad. Para esa evaluación intervienen informes médicos y psicológicos del Cuerpo Médico Forense y un equipo técnico interdisciplinario.

"Algo falló"

El caso de Dip volvió a abrir la discusión sobre qué ocurre cuando una persona que obtuvo una salida transitoria no cumple con las condiciones impuestas.

Yangüela reconoció que estas situaciones existen y que los jueces de ejecución analizan los pedidos y evaluaciones de las personas condenadas. Sin embargo, frente a un episodio en el que un condenado se fuga y posteriormente vuelve a delinquir, consideró necesario preguntarse qué funcionó mal.

Para el magistrado, la respuesta no necesariamente pasa por modificar la ley, sino por revisar el funcionamiento de los organismos y fortalecer los recursos disponibles.

En ese sentido, planteó la necesidad de mejorar las condiciones dentro de los lugares de detención y generar espacios con talleres, oficios y herramientas que favorezcan la reinserción social.

El control durante las salidas

Sobre los controles a quienes acceden a salidas transitorias, Yangüela explicó que la responsabilidad corresponde a la Policía.

Los agentes realizan rondines aleatorios en los domicilios o lugares declarados para verificar que la persona se encuentre allí durante el período autorizado. El mecanismo es similar al utilizado para los controles de prisión domiciliaria.

Según el juez, las fugas de personas que acceden a estos beneficios no representan una incidencia significativa frente a la cantidad total de condenados. Señaló que Madryn tiene alrededor de 400 personas condenadas y que pueden producirse algunos casos de fuga al año.

Sin embargo, remarcó que el caso de Dip tuvo una particularidad determinante: la fuga no fue comunicada al juez que debía intervenir.Fuente: Jornada

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