Justicia

Condenaron a 10 años de prisión a un médico por abuso sexual en Lago Puelo

Un jurado popular declaró culpable al médico F.E.D. por abuso sexual con acceso carnal contra una paciente durante una consulta en Lago Puelo. La pena fue de diez años de prisión efectiva y la inhabilitación perpetua para ejercer la medicina.

Equipo de redacción de Madryn Ahora

Un jurado popular declaró culpable al médico F.E.D. por el delito de abuso sexual con acceso carnal, cometido contra una paciente durante una consulta médica en su consultorio de Lago Puelo. Tras el veredicto, la Justicia impuso una condena de diez años de prisión efectiva y la inhabilitación perpetua para ejercer la medicina.

El hecho ocurrió el 13 de julio de 2018 y fue juzgado mediante el sistema de juicio por jurados. Una vez conocida la culpabilidad, el proceso pasó a la etapa de determinación de la pena, en la que la fiscalía y la defensa expusieron sus argumentos ante la jueza técnica. El Ministerio Público Fiscal había solicitado una pena de doce años de prisión, mientras que la defensa pidió una condena de seis años. Finalmente, la magistrada fijó la pena en diez años.

Para definir la condena, la jueza tuvo en cuenta distintos agravantes. Entre ellos, señaló que se trató de un hecho de violencia contra la mujer en su modalidad sexual, lo que requiere una especial protección de la víctima. También se valoró el impacto psicológico sufrido por la denunciante, acreditado mediante informes de profesionales de la salud mental.

Según se expuso en el fallo, el daño emocional se reflejó en la demora en realizar la denuncia, que se concretó recién en 2021, vinculada al miedo y la vergüenza, además de la presencia de síntomas traumáticos como pesadillas y recuerdos intrusivos.

La sentencia remarcó además que el condenado abusó de su posición de poder y de los conocimientos propios de su profesión médica para cometer el delito. La formación científica y el rol que ocupaba dentro del consultorio fueron considerados factores que agravaron su conducta.

Junto con la pena de prisión, la Justicia dispuso la inhabilitación especial perpetua para ejercer la medicina. Esta sanción se fundamentó en que el abuso ocurrió en el marco de una supuesta atención médica, aprovechando la confianza y la vulnerabilidad de la paciente.

El único atenuante considerado fue la falta de antecedentes penales del condenado. Otros planteos de la defensa, como su estado de salud o situación familiar, fueron descartados por no resultar suficientes para reducir la pena ante la gravedad del hecho.

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