Puerto Madryn

Chubut: La Corte Suprema anuló una absolución por abuso sexual en Puerto Madryn

El máximo tribunal revocó un fallo absolutorio y exige una sentencia con perspectiva de género y valoración integral de la prueba

Equipo de redacción de Madryn Ahora

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dado un giro trascendental en un caso de abuso sexual agravado en Puerto Madryn. El máximo tribunal del país hizo lugar a un planteo del Procurador General del Chubut, Jorge Miquelarena, y revocó un fallo absolutorio que había sido dictado en la ciudad portuaria, ordenando que se dicte una nueva sentencia que incorpore la perspectiva de género y una valoración integral de la prueba.

El caso se remonta a una decisión inicial de un tribunal de juicio de Puerto Madryn, que había absuelto a Jaime Leoncio Cruz Chávez, a pesar de haber dado por ciertos los hechos, otorgado credibilidad al testimonio de la víctima y constatado lesiones compatibles con un acceso sexual violento. La absolución se fundamentó en un "estado de duda".

El Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso extraordinario que fue rechazado por la anterior conformación del Superior Tribunal de Justicia del Chubut. Ante esta negativa, el Procurador General de la Provincia presentó un recurso de queja por denegación, lo que llevó el caso a la órbita de la Corte Suprema.

En su dictamen, el Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, cuestionó la decisión local por haber restringido injustificadamente las vías recursivas del Ministerio Público Fiscal y de la víctima, afectando el debido proceso. La Corte Suprema respaldó estos argumentos y, además, señaló que el fallo del Superior Tribunal fue arbitrario debido a una evaluación incompleta y fragmentaria de la prueba, y por haber omitido la aplicación de normas internacionales como la Convención de Belém do Pará y la Ley 26.485, fundamentales en casos de violencia de género.

Como resultado, el máximo tribunal nacional revocó la sentencia del Superior Tribunal del Chubut. En cumplimiento de esta resolución, el Superior Tribunal de Justicia del Chubut, con su actual integración, dictó la sentencia N.º 43/2025 el pasado 12 de junio. En esta, se declaró procedente la impugnación del Ministerio Público Fiscal, se revocó la sentencia absolutoria y se remitieron las actuaciones a la Oficina Judicial de Puerto Madryn para un nuevo pronunciamiento.

Esta nota habla de: