Madryn

El dueño de un lubricentro deberá pagar $900.000 al Hospital de Puerto Madryn por tenencia de explosivos

El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia concedió la suspensión del juicio a prueba al imputado, quien fue procesado tras un allanamiento en 2020. El monto será abonado en cuotas y se establecieron estrictas pautas de conducta por el término de un año

Equipo de redacción de Madryn Ahora

El Juez Alejandro Cabral, integrante del Tribunal Oral Federal de esta ciudad, resolvió conceder el beneficio de la suspensión del juicio a prueba -conocida como probation- a un hombre de iniciales E. R., quien se encontraba imputado por la tenencia de materiales explosivos sin la debida autorización legal.

El caso se remonta a un operativo realizado en el año 2020 en un establecimiento ubicado sobre la calle Leloir al 700. En aquella oportunidad, el procedimiento liderado por el comisario Cristian Mulero junto a diversas fuerzas de seguridad y Bomberos Voluntarios, puso al descubierto un lubricentro que operaba sin habilitación municipal ni medidas de prevención básicas, donde además se incautó el material que originó la causa federal.

El acuerdo judicial

Originalmente, la causa presentaba una calificación legal más severa. Sin embargo, tras un acuerdo entre la Fiscalía y la Defensa, el hecho fue encuadrado en el artículo 189 bis, tercer párrafo, del Código Penal. La defensa solicitó la suspensión del juicio argumentando que el acusado no poseía antecedentes penales previos.

Durante la audiencia realizada mediante la plataforma Zoom, el Fiscal General Teodoro Nürnberg coincidió con el planteo de que los materiales secuestrados estaban vinculados estrictamente a la actividad comercial del lubricentro y no tenían como fin la comisión de delitos. Bajo una interpretación pro homine (en favor del hombre), el magistrado consideró que los elementos no poseían la peligrosidad de otros artefactos como granadas o pólvora de alta potencia.

Reparación económica y reglas de conducta

Como condición central para suspender el proceso penal, la Justicia impuso una reparación económica de $900.000. Este monto será donado a la Sociedad de Amigos del Hospital de Puerto Madryn y se abonará en tres cuotas consecutivas de $300.000, con vencimientos programados para los meses de mayo, julio y septiembre de este año.

Asimismo, E. R. deberá cumplir durante el plazo de un año con una serie de obligaciones:

  • Mantener el domicilio y número de teléfono denunciados ante el tribunal.

  • Presentarse ante la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DECAEP) de forma inmediata, a los seis meses y al cumplirse el año.

  • No cometer nuevos delitos, bajo el apercibimiento de que cualquier nueva condena será de cumplimiento efectivo.

Con esta resolución, la justicia busca una salida alternativa al conflicto penal, priorizando el resarcimiento a la comunidad a través de la salud pública.

Con información de Diario Crónica.

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