Con 42 votos, el Senado avaló una reforma que modifica salarios, indemnizaciones y huelgas
El Senado aprobó el proyecto impulsado por el Gobierno tras un extenso debate y en medio de protestas en las inmediaciones del Congreso. La iniciativa obtuvo 42 votos positivos y ahora deberá ser tratada por la Cámara de Diputados.
El Senado dio media sanción en la madrugada de este jueves a la reforma laboral promovida por el Gobierno nacional, luego de un largo debate iniciado el miércoles por la tarde y en paralelo a una numerosa movilización en las inmediaciones del Congreso que derivó en incidentes. La norma avanzó con modificaciones respecto del texto original y obtuvo 42 votos positivos.
Modificación de la Ley de Contrato de Trabajo
El proyecto incorpora cambios en las relaciones laborales, flexibiliza condiciones de contratación y modifica el esquema de indemnizaciones.
En materia de remuneraciones, se establece que los salarios deberán pagarse en dinero -en moneda nacional o extranjera-, especie, habitación o alimentos. Se incorpora el concepto de "salario dinámico", que podrá acordarse en convenios colectivos, regionales o por empresa e incluso por decisión del empleador como pago por mérito o productividad. Los pagos deberán realizarse exclusivamente a través de entidades bancarias.
Respecto de las indemnizaciones por despido, se reduce la base de cálculo al excluir conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Se fija un tope salarial que no podrá superar tres veces el salario promedio mensual del convenio correspondiente. Las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un 3% anual adicional. Las sentencias podrán abonarse en hasta seis cuotas mensuales consecutivas en el caso de grandes empresas y hasta doce en pymes.
Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), cuentas específicas e inembargables que se financiarán con un aporte obligatorio mensual de las contribuciones patronales: 1% para grandes empresas y 2,5% para pymes. La administración estará a cargo de la Comisión Nacional de Valores.
Jornada, vacaciones y licencias
La jornada laboral podrá ampliarse de 8 a 12 horas diarias, siempre que se respete un descanso mínimo de 12 horas. Se habilita un sistema de banco de horas o francos compensatorios para horas extras y se incorporan contratos a tiempo parcial.
Las vacaciones deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque podrán acordarse fuera de ese período. También podrán fraccionarse, siempre que cada tramo no sea inferior a 7 días.
En casos de enfermedades o accidentes ajenos al trabajo, el trabajador percibirá el 50% del salario básico durante 3 meses -o 6 si tiene personas a cargo- si el hecho deriva de una actividad voluntaria y consciente. Si no resulta de una acción voluntaria y riesgosa, cobrará el 75% en los mismos plazos.
Gremios y derecho de huelga
Se mantiene el 6% de aportes patronales a obras sociales y continúa la cuota sindical compulsiva con un tope del 2% del salario mensual por dos años. El tope para aportes a cámaras empresarias será del 0,5%.
La reforma fija porcentajes mínimos de funcionamiento durante huelgas: 75% en servicios esenciales y 50% en servicios trascendentales. Además, amplía las actividades alcanzadas y establece que las asambleas deberán contar con autorización previa del empleador.
Plataformas y estatutos
Se crea la figura de repartidor independiente para trabajadores de aplicaciones, estableciendo que el vínculo no constituye relación laboral sino contrato de servicio independiente.
Se mantiene la derogación de cinco estatutos profesionales (periodista, viajante de comercio, peluquero, choferes particulares y operadores de radio/telegrafía) a partir de seis meses de la sanción.
Formalización y empleo
Se crea el programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) para regularizar empleo no registrado, con condonación de hasta el 70% de deudas por aportes y contribuciones. También se implementa el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que por un año permitirá pagar menores contribuciones patronales por cada nuevo trabajador.
Reforma tributaria e incentivos
El Gobierno eliminó del texto la reducción del impuesto a las ganancias para sociedades. Se propone la exención de IVA a la energía eléctrica utilizada en riego agroindustrial y la eliminación de impuestos internos a distintos productos.
En 2028 se dará de baja el fondo que financia la actividad cinematográfica.
Además, se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), con beneficios como amortización acelerada en Ganancias y devolución anticipada de IVA. Regirá por dos años y estará destinado a pequeñas y medianas empresas con inversiones que van desde US$150.000 hasta US$9 millones.
El proyecto deberá ahora ser debatido en la Cámara de Diputados para definir su sanción definitiva.



