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La Corte anuló el sobreseimiento de un condenado por corrupción de menores en Puerto Madryn

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la resolución del Superior Tribunal de Chubut que había sobreseído a un hombre condenado en Puerto Madryn por obligar a menores a ver películas pornográficas. La causa vuelve a la Justicia provincial.

Equipo de redacción de Madryn Ahora

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una decisión del Superior Tribunal de Justicia de Chubut, que había sobreseído a un hombre condenado por corrupción agravada de tres menores en Puerto Madryn, a quienes obligaba a ver películas pornográficas.

En 2021, Sebastián Jesús Miguel había sido condenado a 6 años y 6 meses de prisión, pero dos años después fue liberado por los ministros de la Sala Penal del STJ, que hicieron lugar a la impugnación de su defensor al considerar que se habían vencido los plazos procesales.

El caso comenzó en 2018, cuando Miguel -miembro de la comunidad zíngara- se encontraba en Madryn para ser padrino de un casamiento. Durante la estadía cuidó a los hijos y sobrinos de su comadre, de 9, 8, 4 y 2 años, y los obligó a mirar películas pornográficas. Además, los amenazó con un cuchillo para que no contaran lo ocurrido.

Tras la denuncia, fue detenido en Trelew y quedó bajo prisión preventiva. En el juicio oral se probó que Miguel había obligado a los menores a mirar películas de contenido sexual, provocando que "naturalizaran como juego las imágenes e imitaran las mismas entre ellos".

En 2021 fue absuelto por abuso con acceso carnal, pero condenado por corromper a tres de los niños. Sin embargo, el Superior Tribunal lo sobreseyó en septiembre de 2023, al entender que se habían superado los tres años que el Código Procesal Penal de Chubut establece como plazo máximo para un proceso penal.

La Procuración General apeló la decisión ante la Corte Suprema, argumentando que fijar un plazo fijo para extinguir la acción penal "impide al Estado la persecución del delito" y que la consecuencia es "contraria a los valores de la Constitución y los tratados internacionales, como el derecho de las víctimas y el interés superior del niño".

Los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkratz coincidieron con ese criterio y anularon el sobreseimiento de Miguel, dando lugar a la continuidad del proceso judicial en la provincia.

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